Aprueban nuevos reglamentos ambientales para actividades mineras e hidrocarburos

La presidenta del Consejo de Ministros, Ana Jara, y los ministros de Ambiente, Manuel Pulgar-Vidal; y de Energía y Minas, Eleodoro Mayorga, anunciaron hoy la aprobación de los nuevos reglamentos ambientales para las actividades en los sectores de minería e hidrocarburos.

 

El comunicado en el diario El Peruano indicó que los reglamentos tienen por objeto normar la protección y gestión ambiental de dichos sectores, con el fin primordial de prevenir, minimizar, rehabilitar, remediar y compensar los impactos ambientales negativos derivados de tales actividades.

 

Asimismo, las premisas tienen por objetivo fomentar las inversiones privadas de manera sostenible y con inclusión social, según la jefa del Gabinete Ministerial, Ana Jara Velásquez.

 

Y, remarcó que tienen un enfoque de desarrollo que permitirá generar recursos para atender las grandes necesidades del Perú.

 

Los nuevos reglamentos constituyen la “concreción del esfuerzo del Gobierno y del trabajo técnico llevado a cabo por los ministerios del Ambiente y de Energía y Minas”, sentenció Jara.

 

Por otro lado, el ministro del Ambiente, Manuel Pulgar-Vidal, detalló que ambos reglamentos modernizan la actividad minera, ya que el anterior reglamento tenía 20 años de vigencia -publicado en el año 1993- y, desde esta fecha, “mucha agua había pasado bajo el puente”.

 

Asimismo, Pulgar-Vidal agregó que la nueva regulación consolida el concepto de ventanilla única en el ámbito del Senace (Servicio Nacional de Certificación Ambiental) para obtener inversiones sostenibles.

 

“Estos reglamentos incorporan doce autorizaciones en los ámbitos de agua, bosques, salud y seguridad, que hasta hoy estaban dispersas, y ahora se consolidan en un solo procedimiento, fortaleciendo el concepto de línea base”, declaró.

 

Finalmente, dijo que tomaron en cuenta los criterios económicos, para analizar la tecnología disponible y los costos asociados a ello; criterios ambientales, para analizar el riesgo del ecosistema por impactos previsibles.

 

Además, -agregó- criterios sociales, para incorporar la demanda de la población en áreas sensibles; y criterios legales, para ver cómo ha evolucionado la regulación ambiental en actividades similares tanto en el Perú como en el extranjero.

 

 

Tomado de: Diario Gestión