Mediante la presente disposición legal se prohíbe la extracción de la especie tiburón ballena (Rhincodon typus), en aguas marinas de la jurisdicción Peruana, así como su desembarque, transporte, retención, transformación y comercialización. Asimismo encargar al IMARPE la ejecución de estudios poblacionales de la especie tiburón ballena (Rhincodon typus), que permitan conocer el estado situacional de las poblaciones de la referida especie; en las aguas jurisdiccionales del Perú, quedando para tal efecto, exceptuado de los alcances de la presente Resolución Ministerial.