La presente norma resuelve suspender las actividades extractivas del recurso anchoveta (Engraulis ringens) y anchoveta blanca (Anchoa nasus) a partir de las 00:00 horas del día siguiente de la publicación de la presente Resolución Ministerial, por un período de tres (03) días calendario, aplicado a la actividad extractiva realizada por embarcaciones pesqueras artesanales, de menor y mayor escala dentro del área citada en la resolución.