La presente Resolución precisa que a partir de la Declaración Anual Consoidada - DAC correspondiente al año 2015, los titulares de la actividad minera que beneficien mineral, deberán adjuntar en el Índice de la DAC Anexo I, información por cada concesión o U. E. A., en etapa de explotación, el acumulado anual de los Balances Metalúrgicos por los periodos de operación (campañas), del año por el que se declara la DAC, en formato PDF con la finalidad de ampliar la información que administra la Dirección General de Minería para su posterior validación.