La presente norma tiene por objeto: DECLARAR de Interés Público Regional la conservación y protección de las cabeceras de cuenca de los ríos Canramar, Pisit, San Lorenzo, afluentes principales del rio Chancay (cuenca Chancay- Lambayeque); la Majada afluente principal del Zaña (cuenca Zaña); la Totora, San Miguel, el Tingo afluentes principales del rio Jequetepeque (cuenca Jequetepeque) en la vertiente del Pacífico, ubicados en el departamento de Cajamarca entre las provincias de Santa Cruz y San Miguel, que abarcan los distritos de Catilluc, Tongod, Pulan, Calquis, San Miguel, y Llapa, jurisdicción del Gobierno Regional Cajamarca, a fin de garantizar la provisión de agua de las ciudades de Tongod, Llapa, Calquis, San Miguel en la provincia de San Miguel; Pulan, Chancaybaños, Catache en la provincia de Santa Cruz, y Tembladera en la provincia de Contumazá, así como de las poblaciones aledañas, y a la represa Gallito Ciego y Tinajones, para la provisión de recursos naturales esenciales a los pobladores de las comunidades de estas cuencas y la conservación de la diversidad biológica.