POR COMETIDO INFRACCIÓN DE GENERAR OLORES, RUIDOS, PROLIFERACUIÓN DE VECTORES INFECCIOSOS Y OTROS DAÑOS AL AMBIENTE Y A LA SALUD PÚBLICA, MEDIANTE LA CRIANZA DE GANADO PORCINO EN EL INTERIOR DE LA VIVIENDA, AZOREA, SOLARES CORRALES EN EL RADIO URBANO SIN CONTAR CON LAS AUTORIZACIONES DE LAS AUTORIDADES SECTORIALES.