Mediante la presente norma se declara de interés y prioridad regional la ejecución de la Política Pública Yaku Tarpuy de Lucha Contra la Pobreza, definida como la siembra de agua, cosecha (almacenamiento), crianza (conducción y distribución de agua), y gestión organizacional, participativa y concertada con fortalecimiento de capacidades en el uso del recurso hídrico; con la finalidad de preservar e incrementar el recurso hídrico, para satisfacer la demanda de usos múltiples, que permitan reducir los impactos negativos del cambio climático.